20 de mayo de 2024

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El Gobierno promulgó la Ley de Alquileres

Las reformas a la Ley de Alquileres fueron aprobadas por la Cámara de Diputados el miércoles pasado, con 128 votos a favor y 114 en contra. Con la nueva normativa, en principio, se busca poner un freno a la maniobra del cobro de alquileres para vivienda en dólares, algo que está establecido en uno de los puntos que formaron parte de los cambios incorporados.
El decreto que establece las reformas al Código Civil y Comercial de la Nación contó con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi, y los ministros de Justicia, Martín Soria, y de Economía, Sergio Massa. Tras su promulgación se espera que la norma entre en vigor este mismo mes o a inicios de noviembre.
Además de ponerle fin al cobro de alquileres en dólares, también habrá cambios en la actualización del valor. A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos pueden esperar dos incrementos de precio al año en lugar de uno.
Para establecer los incrementos se utilizará como base el coeficiente “Casa Propia,” que es empleado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.

LOS CAMBIOS
Los cambios de la norma tras la reforma son los siguientes:
Alquileres en pesos: la norma establece de manera clara que el precio de los alquileres debe expresarse en moneda nacional y no podrá mencionar otra moneda.
Actualización semestral: A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses. En consecuencia, los inquilinos tendrán así dos incrementos del precio al año en lugar de uno.
Nueva fórmula de cálculo de la actualización: la fórmula Casa Propia considera el indicador más bajo entre el promedio de la variación salarial anual y el promedio de la inflación durante el mismo período. Además, se incorpora un Coeficiente de Variación Salarial (CVS) con un aforo del 0,9, lo que significa que solo se tomará el 90 % del promedio de la variación salarial.
Los contratos de alquiler suscriptos a partir de mañana deberán tener un plazo mínimo de tres años.
Beneficios fiscales: la ley dispone que estarán exentos del pago del monotributo los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles, y se exime del pago del Impuesto de Bienes personales a los inmuebles destinados a alquileres y del Impuesto a los Débitos y Créditos («al cheque») para las operaciones vinculadas de los contratos. La ley permite al propietario y al inquilino descontar del Impuesto a las Ganancias el 10% del valor total del alquiler anual.

COEFICIENTE
«CASA PROPIA»
Este coeficiente se obtiene del promedio de los últimos doce meses en la variación salarial y promueve una mayor estabilidad en la actualización de los alquileres. La decisión apunta a estabilizar y ordenar el progreso en el tiempo de la actualización de los alquileres, sin provocar sobresaltos, respecto a la evolución de salarios. (Fuente: Ámbito)


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