3 de mayo de 2024

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Inicia en comisión el análisis de la derogación de la ley del Consejo de la Magistratura

La Corte declar en diciembre del 2021 inconstitucional la ley del Consejo de la Magistratura aprobada en el 2006 por el cual se redujo de 20 a 13 miembros del organismo Foto archivo Gustavo Amarerle
La Corte declaró en diciembre del 2021 inconstitucional la ley del Consejo de la Magistratura aprobada en el 2006 por el cual se redujo de 20 a 13 miembros del organismo / Foto archivo: Gustavo Amarerle.

La Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados comenzará este jueves a analizar el fallo de la Corte Suprema de Justicia que modificó la conformación del Consejo de la Magistratura, una de las causales por las cuales el oficialismo promovió la acusación contra los cuatro miembros del máximo tribunal.

La comisión -que preside Carolina Gaillard- iniciará este jueves por la mañana la discusión sobre el fallo que repuso la ley derogada en el 2006, luego de haber concluido la discusión sobre la sentencia sobre coparticipación que favoreció a la Ciudad de Buenos Aires al otorgar una cautelar a ese distrito.

El cuerpo legislativo analiza 14 expedientes de juicio político contra los ministros de la Corte, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, y Ricardo Lorenzetti, a quien acusan de mal desempeño de sus funciones, por los fallos del 2 por 1, Consejo de la Magistratura, Coparticipación a favor del distrito porteño y el funcionamiento de la Obra Social.

Para la primera reunión sobre el Consejo de la Magistratura fueron citados la Directora General de Asuntos Jurídicos, Graciana Peñafort; el ex presidente del Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal Jorge Rizzo y Roberto Saggese, Secretario Letrado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Otro tema que volverá a estar presente, así como en el fallo de coparticipación, son los chats filtrados entre el exministro de Seguridad porteño, Marcelo D’Alessandro, y la mano derecha de Rosatti, Silvio Robles.

La Corte Suprema declaró en diciembre del 2021 inconstitucional la ley del Consejo de la Magistratura aprobada en el 2006 por el cual se redujo de 20 a 13 miembros el organismo encargado de la selección de jueces, su destitución, y la administración del Poder Judicial.

Además repuso la ley anulada con lo cual se volvió a la composición de 20 miembros, que dejó en manos del presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, la titularidad del Consejo de la Magistratura.

En el proyecto presentado por el oficialismo se señala que en el fallo sobre el Consejo de la Magistratura se contó «con el voto favorable de los doctores Rosenkrantz y Maqueda, como así también del doctor Rosatti, quien de tal modo se erigió en Presidente del Consejo, cuando elementales reglas éticas le imponían, dado el contenido de la decisión que iba a adoptar la Corte, abstenerse de tomar parte de una resolución que, obviamente, lo involucraba de manera directa».

En el proyecto se afirma que Rosatti «manipuló la integración del Consejo a los efectos de obtener las mayorías que le sean más beneficiosas, en un franco alzamiento e invasión a las facultades propias y excluyentes del Congreso de la Nación».

Otro tema que volverá a estar presente, así como en el fallo de coparticipación, son los chats filtrados entre el exministro de Seguridad porteño, Marcelo D’Alessandro, y la mano derecha de Rosatti, Silvio Robles, ya que se referían a ese fallo sobre el Consejo de la Magistratura.

En el proyecto del oficialismo se señala que los «chats publicados en distintos medios de prensa entre Robles y D’Alessandro consta que entre ambos existió una coordinación y un asesoramiento directo desde la Corte hacia el Gobierno de la Ciudad respecto de cómo proceder en el caso del Consejo de la Magistratura».

En el proyecto también se señala que se «avanzó indebidamente sobre la autonomía de la Honorable Cámara de Senadores, al determinar de forma arbitraria y autoritaria cómo debían organizarse los bloques en dicha Cámara. Ello implica una clara violación constitucional a la autonomía del Senado de la Nación y a su reglamento, el que goza de raigambre constitucional».


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