Avanza el trabajo de la comisión de actualización del Código Procesal Penal del Chaco

El pasado martes 31 de mayo, se realizó la tercera reunión de la Comisión Técnico Revisora para la actualización del Código Procesal Penal del Chaco, presidida por la titular de la Comisión de Legislación General, Clara Pérez Otazú, acompañada por sus pares Livio Gutiérrez, Claudia Panzardi y Jessica Ayala, con la presencia de representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial, el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa y otras instituciones.

La misma se trasladará al interior provincial, con el objetivo de llevar el debate a cada circunscripción judicial, para que la reforma del código surja del consenso, para lo cual se está elaborando un calendario con las fechas de las reuniones. La próxima reunión será el martes 14 de junio, en el Salón Auditorio del Poder Legislativo, ubicado en Roque Sáenz Peña 167 de Resistencia, desde las 15.

Sobre los temas abordados en este último encuentro, la diputada Pérez Otazú, anticipó que se discutieron los Principios Generales del Título 1º y Título 2º del Código y hemos llegado a algunos acuerdos”, detalló y remarcó que “para aunar criterios hay que hacer extensiva esta reforma a todas las circunscripciones judiciales de la provincia; también adelantó que estaba en su agenda reunirse con los jueces de garantía a fin de tener en cuenta sus opiniones en cuanto a la reforma”.

“Otro de los temas centrales y que dio lugar a muchas opiniones fue la prisión preventiva en este sentido los miembros de la comisión recordaron que cuando esto se discutió, en las dos leyes anteriores que modificaron el Código Procesal Penal, se discutió la posibilidad constitucional o no de los fiscales de dictar prisiones preventivas; pero que se resolvió en los planteos de competencia y declaración de inconstitucionalidad, dictadas por unos jueces de la Justicia provincial; y el Superior Tribunal de Justicia fijó los criterios interpretativos del artículo 18 de la Constitución Nacional y de los criterios asentados en nuestro Código Procesal, con respecto a la facultades de dictar prisión preventiva de los funcionarios del Ministerio Público”.

“Lo cierto es que es una audiencia sumamente dinámica y hay que ver, para esto, para saber cuál es el flujo de causas que va a tener que resolver por día de prisiones preventivas; eso lo puede muy bien aportar el Ministerio Público Fiscal y seguramente con la sala penal también podemos tener alguna información para aportar esos datos, para saber finalmente cuál es el tiempo que demandará a un juez -sea el juez de Garantías o quien se decida-, resolver las cantidades de prisiones preventivas que solicitarán los fiscales en el transcurso de un día o de una semana, porque es atribución de carga de trabajo que se debe medir para saber qué necesitamos, para tener las estructuras judiciales o se necesitarán incrementarlos”.

A su vez detalló que “como estamos debatiendo un sistema acusatorio- y finalmente los plazos tienen que tener algún grado de razonabilidad y también, tenemos que ver la disponibilidad de jueces para poder realizar estas audiencias”.